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Empresa multada 316.875 euros por infracciones laborales e inmigratorias

Plus Ultra Holanda | Derecho laboral & inmigratorio

Una cadena de gimnasios en Ámsterdam fue multada un total de 316.875 euros por la Inspección del Trabajo holandesa según su nota de prensa de 24 de agosto de 2026. La empresa fue sancionada por infracciones de la legislación laboral holandesa, a saber: la Ley de trabajadores migrantes, la Ley de salario mínimo y prima mínima de vacaciones y la Ley de jornada laboral. La Inspección del Trabajo puede inhabilitar la empresa (temporalmente) si reincide en las mismas infracciones o infracciones similares de dicha legislación laboral y salarial holandesa.

Durante varios años la empresa violó las leyes varias veces al contratar a trabajadores de fuera de la Unión Europea sin los debidos permisos. La Inspección del Trabajo constató que para 25 de sus trabajadores migrantes la empresa no dispuso de los debidos permisos laborales e inmigratorios válidos, pues para ellos no tenía ni el permiso de trabajo ni el permiso único de residencia y trabajo. La autoridad también constató que, en contravención de las leyes laborales e inmigratorias, la empresa no cumplió con el deber de verificar la identidad y el permiso laboral de tres de sus trabajadores migrantes. Estas omisiones constituyen violaciones de la Ley de trabajadores migrantes por las que la Inspección del Trabajo le impone a la empresa una multa de 234.375 euros.

La Inspección del Trabajo constató que la contabilidad de la empresa era inadecuada. Por consiguiente, la Inspección del Trabajo tampoco pudo determinar cuántas horas trabajaron los trabajadores y si recibieron su salario mínimo para todas las horas laboradas de conformidad con la ley vigente. La Inspección del Trabajo puede multar a los empleadores que no pagan el salario mínimo prescrito por la ley holandesa. El monto de dicha sanción depende de la discrepancia entre el salario pagado y el salario mínimo prescrito. Por incumplimiento de la Ley de salario mínimo y prima mínima de vacaciones dicha autoridad laboral le impone a la empresa una multa de 60.000 euros. Por incumplimiento de la Ley de jornada laboral la Inspección del Trabajo le impone a la empresa una multa de 22.500 euros.

Además de las multas por las infracciones de la Ley de trabajadores migrantes y la Ley de salario mínimo y prima mínima de vacaciones la Inspección del Trabajo también le emite a la empresa dos apercibimientos de suspensión preventiva de actividades económicas. Un apercibimiento hace que la Inspección del Trabajo puede suspender las actividades económicas de la empresa si reincide en las mismas infracciones o infracciones similares dentro del plazo de vigencia del apercibimiento. El apercibimiento de suspensión preventiva de las actividades económicas de la cadena de gimnasios sigue vigente por un plazo de 5 años. Le empresa tiene derecho a presentar recurso de apelación administrativa dentro de un plazo de 6 semanas, pero en una nota de prensa dio a conocer que no presentará el recurso y que lamenta lo ocurrido.

La Inspección del Trabajo enfatiza la importancia de denunciar la explotación laboral y las condiciones laborales inseguras e insalubres. Las denuncias ayudan a identificar infracciones de la legislación laboral e inmigratoria neerlandesa. Según la Inspección del Trabajo, el incumplimiento del pago del salario mínimo prescrito por ley puede ser una indicación de explotación laboral. Las barreras del idioma, la necesidad, la condición de inmigrante y las cuestiones inmigratorias se prestan para malentendidos, explotación y abuso laboral. Por eso asume más importancia que la Inspección del Trabajo anime a denunciar la explotación laboral.

Para ayudar a los empleadores la Inspección del Trabajo brinda un paso a paso para ayudarles a verificar la identidad y el permiso laboral de los trabajadores en Holanda de conformidad con las leyes laborales e inmigratorias. Las irregularidades en la verificación y el trabajo se reportan a la Inspección del Trabajo holandesa.

Es precisamente por las denuncias que este caso salió a luz en julio de 2025. Un periódico holandés expuso cómo el gimnasio de lujo — con membresías desde 139 euros por mes — ponía a trabajar a al menos 23 trabajadores de limpieza en pésimas condiciones laborales, a veces hasta 17 horas al día. Además de no tener en regla los permisos inmigratorios y laborales, reporta el periódico, la empresa les obligaba a entregarle sus pasaportes.

Cinco de los empleados acudieron a los tribunales cuando de repente los echaron del trabajo, reclamando salarios y prestaciones atrasados, entre otras cosas. También alegaron que vivieron en condiciones pésimas en un inmueble de la empresa y que fueron obligados a entregar sus pasaportes y a trabajar jornadas execisvamente largas sin el debido pago.

Cinco de los empleados acudieron a los tribunales cuando de repente los echaron del trabajo, reclamando salarios y prestaciones atrasados, entre otras cosas. También alegaron que vivieron en condiciones pésimas en un inmueble de la empresa y que fueron obligados a entregar sus pasaportes y a trabajar jornadas execisvamente largas sin el debido pago.

En su sentencia de 16 de diciembre de 2025 el juez de primera instancia de Ámsterdam dispuso que su despido no cumplió con los requisitos legales para sus contratos laborales. La empresa había prometido conseguirles el permiso laboral pero no la cumplió. Por eso culpa a la empresa por tenerlos trabajando sin el debido permiso laboral. Aunque no lograron demostrar que vivieron en condiciones pésimas y que fueron obligados a entregar sus pasaportes a la empresa y a trabajar jornadas excesivas, el juez sí concluyó que los empleados se encontraron en un estado de vulnerabilidad y de dependencia. La relación con el jefe del departamento de limpieza fue tóxica, causándoles mucha ansiedad. La empresa no supervisó adecuadamente la situación laboral. Por el despido indebido el juez ordenó a la empresa a pagar 15.000 euros a cada empleado. Aquí puede leer la sentencia completa en holandés.

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