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Después de las autoridades siguen los inversores

Los inversores contra los bancos: después de las sanciones administrativas vienen las demandas colectivas de los inversores

Plus Ultra EE.UU. | Derecho bancario, administrativo, civil | 22 de octubre de 2026

Si inicialmente en su escalada con los Estados Unidos de América («EE.UU.») sobre la Corte Internacional Penal («Corte») el tono de los medios holandeses era desafiante antes del artículo de Plus Ultra de 30 septiembre de 2026, después su tono cambió por completo. Dicho artículo explica con precedentes que a los bancos holandeses no les sirve mucho un supuesto «remedio heroico» no comprobado. Al parecer Plus Ultra induce a la reflexión.

Si inicialmente dicho remedio les dio mucha esperanza, después de la publicación se dieron cuenta de la posición muy vulnerable de los bancos más grandes de Holanda que ya tienen sus antecedentes penales en los Estados Unidos de América («EE.UU.») y en caso de reincidencia arriesgan incurrir sanciones penales y administrativas más severas.

Se dieron cuenta que el supuesto «remedio heroico», es decir, el «Reglamento antídoto» 2271/96, quizás no es más que un placebo jurídico de prueba prescrito por un jurista holandés o europeo. Cuando el Colegio Nacional de Abogados y el Consejo de la Judicatura de Holanda amenazan con ello, quizás suene eficaz. Pero en Holanda no saben si realmente funciona. A propósito, aunque en el contexto de la Corte vocean la supuesta justicia, el funcionamiento adecuado de la administración de justicia y el cumplimiento de la ley por otros países, guardan el silencio total cuando el Estado holandés viola una sentencia holandesa de su propio tribunal holandés, por ejemplo.

Peor es cuando los medios holandeses copian las publicaciones de Plus Ultra de manera incorrecta, sin respetar los derechos. Dicen, por ejemplo, que por una sede en EE.UU. el banco ABN AMRO Banco puede ser sancionado severamente en EE.UU. Es incorrecto porque Wegelin & Co. no tenía sede allá y sí fue enjuiciado. Por eso recomendamos no compartir únicamente partes de nuestras publicaciones sino las publicaciones completas o, mejor aún, compartir el sitio web de Plus Ultra donde están todas las publicaciones y donde son mejores.

La publicación de 30 septiembre de 2026 de Plus Ultra únicamente menciona que las autoridades estadounidenses también pueden tomar acciones considerables, como la multa de USD 475 millones para Rabobank. Por ser concisa no da detalles de las casos administrativos o civiles. Por eso este artículo habla de manera concisa de los aspectos administrativos y civiles relativos a la ley estadounidense de sanciones económicas y los bancos holandeses. A continuación, las acciones más recientes que tomaron las autoridades administrativas en octubre de 2026. Éstas dan un buen ejemplo de las medidas y sanciones administrativas actuales y también de lo que les sigue muchas veces: las demandas colectivas de los inversores.

Las demandas colectivas son incoadas por bufetes de abogados especializados que exigen compensación de perjuicios a nombre de grupos de inversores. Así como los fiscales estadounidenses han afilado figurativamente sus dientes y garras con los huesos de los carteles y mafiosos más peligrosos, haciendo que perseguir a bancos y banqueros no sea ningún problema, así mismo los abogados han afilado sus dientes y garras con los huesos de las empresas y los ejecutivos del S&P 500, lo que hace que responsabilizar a bancos y banqueros no sea ningún problema. Esos bufetes — no importa lo pequeño que sean — son capaz de doblegar a megabancos. Así que los bancos más grandes de Holanda no van a ser ningún problema, porque según las normas estadounidenses son pequeños o medianos. Como son pequeños o medianos, los montos considerables de compensación y los acuerdos extrajudiciales pueden afectarles más que a los megabancos.

Cuando venden valores en EE.UU. la jurisdicción necesaria para responsabilizar directamente a los bancos tampoco es un problema. ING Groep N.V. es un emisor en EE.UU. por vender valores en la bolsa estadounidense. ABN AMRO Banco N.V. también vende instrumentos financieros en EE.UU. Por consiguiente, los bancos mismos — sin necesidad de tener una sede local — están sometidos directamente a la legislación bancaria y bursátil estadounidense. Por eso son incorrectas las aseveraciones de los medios holandeses que dicen «Por la sede en EE.UU. el banco ABN AMRO Banco puede ser sancionado severamente en EE.UU.» y «La ley [estadounidense] no es formulada de manera clara».

Aquí encuentra una demanda colectiva pertinente de 12 de diciembre de 2024 contra un banco extranjero por violaciones de la ley estadounidense de sanciones económicas. A continuación, el ejemplo más reciente de acciones administrativas y civiles contra un megabanco estadounidense.

El 13 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda estadounidense anunció que junto con una superintendencia bancaria impuso sanciones económicas por un monto total de USD 1,21 mil millones a un megabanco estadounidense por violaciones de las leyes de lavado de dinero y las sanciones económicas. De ese monto la sanción económica de USD 750 millones fue la más alta que la superintendencia bancaria ha impuesto. El banco había fallado en contener y reportar los riesgos más importantes de seguridad nacional. Sus actividades y política bancarias relativas al cumplimiento de la legislación de lavado de dinero y sanciones económicas fueron malas. Por ejemplo, el banco no presentó suficientes informes a las autoridades sobre transacciones sospechosas por un valor de USD 5 mil millones. En 2024 la superintendencia ya había tomado acción administrativa contra el banco luego de constatar las actividades y política bancarias inadecuadas, exigiendo que el banco tomara medidas correctivas para todas las deficiencias. Pero en 2026 el banco aún no había cumplido plenamente con las exigencias.

Tres días después, el 16 de octubre de 2026, inversores de un fondo de pensiones que entre 1 de agosto de 2025 y 13 de octubre de 2026 compraron valores del banco, presentaron una demanda colectiva diciendo que sufrieron daños y perjuicios. La demanda busca responsabilizar al banco y sus ejecutivos por los hechos descritos arriba. El banco habría dicho que la medida administrativa de 2024 únicamente concernía «ciertos aspectos» de su cumplimiento de la legislación de lavado de dinero y sanciones económicas, que «ya había tomado medidas significativas» para cumplir con las exigencias administrativas y que las deficiencias constatadas no tendrían «mayores consecuencias económicas negativas» para el banco.

En la demanda colectiva los inversores aseveran, en resumen, que el banco y sus administradores fueron informados hace años a través de informes internos, entre otras cosas, de todas las deficiencias constatadas por la superintendencia en 2024. Aunque las conocían o negaban de manera imprudente, nunca dieron a conocer esas deficiencias ni las remediaron durante todos esos años, ni siquiera después de la intervención administrativa en 2024. Según la demanda colectiva, ellos sabían que corregir las deficiencias constatadas por la superintendencia requería muchos recursos económicos y humanos en el ámbito del cumplimiento de la legislación y que expondría al banco a sanciones severas.

Aun así, el banco dijo, básicamente, que había progresado mucho, incluso después de la intervención administrativa, cuando según la demanda colectiva no era así. Por ejemplo, la administración ya había recibido informes escritos mucho antes de la intervención administrativa de 2024 que apuntaban a deficiencias significativas en el reportaje de transacciones sospechosas (¶ 4). No obstante, el banco no hizo nada para hacer una investigación adecuada de las transacciones sospechosas ni para corregir el control interno.

Ni siquiera después de la intervención administrativa de 2024 el banco remedió las deficiencias relativas al cumplimiento de la legislación de lavado de activos. Por eso el banco arriesgaba sanciones económicas y medidas administrativas severas que lo obligaría a invertir aún más en medidas correctivas (¶ 4). Mientras tanto, el banco y sus administradores habían asegurado a sus inversores que las deficiencias en el cumplimiento de la legislación, las medidas correctivas para esas deficiencias y las consecuencias económicas de las mismas no eran tan graves sino limitadas. Pero, según la demanda colectiva, ellos no tenían fundamento adecuado para esas aseveraciones que además omitían hechos desfavorables importantes. Según la demanda, todo esto hace que sus aseveraciones sobre la severidad de las deficiencias, el cumplimiento de la medida administrativa de 2024 y los gastos y multas estimados sean falsas y engañosas.

Los inversores descubrieron la verdad después del cierre de la bolsa el 13 de octubre de 2026, cuando el Ministerio de Hacienda estadounidense anunció su intervención administrativa. En los documentos del acuerdo extrajudicial el banco reconoció que dolosamente violó la legislación de lavado de activos y que no reportó transacciones sospechosas por un valor de más de USD 5 mil millones. La mañana siguiente, el 14 de octubre de 2026, descubrieron más cuando el banco publicó sus estados financieros del tercer trimestre 2026. Éstos mostraron, según los inversores, que la sanción económica administrativa bajó el beneficio por acción diluido con USD 0,17. Después de las noticias de las multas y los estados financieros del tercer trimestre la cotización bursátil del banco del 14 de octubre de 2026 bajó con $2,57 o 4,76% de un precio al cierre del día anterior de USD 53,96 a un precio al cierre de USD 51,39. Según la demanda colectiva, los inversores sufrieron daños y perjuicios.

El gobierno estadounidense dispuso que las sanciones contra la Corte entran en vigor en un plazo de 6 meses. Eso es poco severo y pudo haber sido diferente. Mientras tanto, ya se sabe que se siguen los pasos a los bancos holandeses más grandes, particularmente a ABN AMRO. No solo porque es el banco de la Corte, sino también porque para los demandantes tiene mucho dinero como banco, del cual, más importante aún, tiene muchas acciones (20,7%) el Estado holandés, que también tiene mucho dinero. ¿Será válido ante los tribunales estadounidenses el argumento que un banco del estado tiene inmunidad penal en relación a las violaciones de la ley de sanciones económicas estadounidense? ¿Holanda se verá arrastrada en la problemática de la Corte?

Ahora si un fondo de cobertura publica un informe de auditoría forense negativo para los bancos, como los que mencionamos anteriormente, eso podría ser causa o complemento para más litigios con consecuencias desastrosas en los mercados. Considerando todo lo que hemos dicho al respecto, ¿qué le recomendaría usted a los bancos holandeses, sus administraciones y el Estado holandés?

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