Abogado perjudica a su clienta que no habla holandés
Esta queja disciplinaria se presenta contra un abogado holandés quien en el contexto de la liquidación de una sucesión — que incluía una vivienda — cometió violaciones disciplinarias contra su clienta que no habla el idioma holandés y que representaba a su hija, una menor y única heredera. Nos enfocaremos en dos violaciones: la venta ilegal de la vivienda en sucesión y sus tácticas para hacer que su clienta firmara un acuerdo importante.
Sin dejarse asesorar por peritos o profesionales inmobiliarios y sin obtener un avalúo profesional de la vivienda, el abogado vendió la vivienda por un precio por un precio, 300.000 euros, que era casi la mitad del precio de mercado (¶ 3.8, b). Él la vendió a ese precio, sin importar que la inquilina de aquel entonces ya había brindado un precio más alto para comprarle la vivienda. Poco después de la venta la vivienda fue puesta en venta de nuevo pero esta vez por un precio de 640.000 euros.
El tribunal concluye (¶ 5.6) que el abogado vendió la vivienda sin dejarse asesorar adecuadamente sobre el valor de la vivienda. Por ejemplo, el abogado no consultó ni contrató — como suele hacerse en transacciones inmobiliarias en Holanda— un agente inmobiliario, un tasador o perito independiente similar para establecer el precio de venta de la vivienda. De esta manera el abogado no buscó el mejor precio de venta posible para la vivienda, perjudicando así el interés del abogado liquidador de la sucesión, además obrando en contra de las instrucciones de su clienta. La respuesta del abogado aseverando que él obró en el interés de su clienta al consentir en una venta privada, no viene al caso. Pues el abogado hizo que su clienta firmara una manifestación expresando su consentimiento para la venta de la vivienda por un precio de 300.000 euros, sabiendo que otra persona había ofrecido un precio (mucho) más alto para la vivienda, que ella tenía derecho de tanteo y que sabía o al menos debía de saber que el precio de compra fue mucho más bajo (aproximadamente la mitad) que el precio real de la vivienda. De esta manera el abogado perjudicó severamente el interés (económico) de su clienta, la representante legal de su hija, una menor y la heredera única de la herencia. Por consiguiente, la queja de su clienta sobre (los asuntos relativos a) la vivienda se estima.
El tribunal también estima la queja relativa al acuerdo de conciliación (¶ 5.9). El abogado hizo que su clienta firmara un acuerdo de conciliación que dispone que las partes desean terminar sus disputas, otorgándose pleno finiquito mutuamente, renunciando mutuamente a quejas disciplinarias y reclamos civiles. Como el abogado debía proteger los intereses de su clienta y así los intereses de la sucesión, el abogado tenía que asegurarse que su clienta entendía el contenido y la consecuencia del acuerdo de conciliación de tal modo que entendía qué era lo que firmaba. El abogado no ha refutado, o al menos no suficientemente, que su clienta no entiende el idioma holandés adecuadamente o que ella no entendió lo que firmó. Aparte de eso, no queda claro cómo la firma del acuerdo de conciliación por parte de su clienta servía los intereses de la sucesión o la clienta. El tribunal concluye que la firma del acuerdo de conciliación exclusivamente servía los intereses de su abogado colega de su oficina y de otro cliente del abogado, no los intereses de su clienta.
El tribunal añade (¶ 6.2) que la conducta del abogado perjudicó severamente los intereses de su clienta, principalmente los económicos. El daño que sufrió la clienta y su hija — la heredera única — por el abogado es severo. El tribunal da importancia al hecho que su clienta no entiende el idioma holandés adecuadamente y el abogado no obstante hizo que ella firmara varios documentos que conllevan graves consecuencias para ella y su hija, sin asegurarse que su clienta entendía el contenido y las consecuencias de los mismos.
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